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NOTICIAS URBANAS - SERVICIO INFORMATIVO "AHORA"
- 16/02/04
ENTREVISTA A LA DEFENSORA DEL PUEBLO DE LA CIUDAD
Alicia Pierini: "El acecho o el merodeo son absolutamente
contrarios al
sistema de garantías que expresa la Constitución
de la Ciudad"
"En lugar de abrir el juego hacia la construcción
de consensos, se incentivó
la confrontación de minorías que defendieron
posiciones extremas: unas
pidiendo cada vez mayor represión y otras un absoluto
"viva la pepa", casi
siempre bajo las luces del rating y las notas de color.
A ese producto
final -parido con conflictos- se le puso el pomposo título
de Código de
Convivencia sin antes haber consensuado las pautas de la
convivencia, como
si las palabras por sí solas construyeran mágicamente
la realidad".
Por Marcelo Heredia
N.U: Usted participó en el debate sobre el sistema
de justicia y
contravencional de la Ciudad desde la Asamblea Constituyente
hasta hace dos
meses. ¿Qué opina de las modificaciones que
se están proponiendo ahora?
A.P.: Hoy soy Defensora del Pueblo de la Ciudad, que
es una de las
instituciones de garantía que tiene nuestro sistema
para lograr la vigencia
de derechos, por tanto mis preocupaciones se dirigen fundamentalmente
a
custodiar el sistema de garantías de la Constitución
y los derechos humanos.
N.U.: ¿Cree que las modificaciones que se proponen
los colocan en riesgo?
AP: Algunas de ellas sí, evidentemente. El acecho
o el merodeo por ejemplo,
son absolutamente contrarios al sistema de garantías
que la Constitución de
la Ciudad expresa bajo la fórmula de que "no
hay peligrosidad sin delito".
N.U.: Pero si un policía observa que alguien está
parado mirando hacia la
salida de un banco y sospecha ¿no es mejor prevenir
que esperar a que ocurra
el delito?
A.P: Si quiere prevenir, al policía le alcanza
con pedir a ese sujeto que se
identifique, puesto que está vigente la llamada ley
Lázara (en referencia al
fallecido Simón Lázara). No hace falta inventar
ninguna figura
contravencional peligrosista para abortar acciones preparatorias
de delito,
si existieran.
N.U: Pero el Código de Convivencia no funcionó,
por algo se lanzan críticas
desde todos los sectores políticos y fundamentalmente
las críticas
vecinales.
A.P: Es verdad que no funcionó, pero por otras
razones. Primero porque el
gobierno del Dr. Fernando De la Rúa, entre 1996 que
se sancionó la
constitución y 1998 que vencía el plazo para
reemplazar los edictos, no fue
capaz de convocar ni mucho menos conducir ningún
debate serio sobre las
pautas de convivencia social en el espacio público
de la Ciudad, porque ese
es el verdadero fin del código contravencional: fijar
las reglas de juego en
el espacio público que todos compartimos. En lugar
de abrir el juego hacia
la construcción de consensos, se incentivó
la confrontación de minorías que
defendieron posiciones extremas: unas pidiendo cada vez
mayor represión y
otras un absoluto "viva la pepa", casi siempre
bajo las luces del rating y
las notas de color. A ese producto final -parido con conflictos-
se le puso
el pomposo título de Código de Convivencia
sin antes haber consensuado las
pautas de la convivencia, como si las palabras por sí
solas construyeran
mágicamente la realidad.
N.U: ¿Existen otras razones que las diferencias partidarias-políticas
o
ideológicas en este proceso de aplicación
fallido hasta hoy?
A.P: Sí, los propios operadores del sistema contravencional
llevan más de
siete años de incertidumbres, y políticas
erráticas. Se designaron primero
jueces en comisión, luego se eliminaron los de Faltas,
y se tardó 4 años en
hacer un concurso del que emergieron los actuales jueces.
Aún hoy carecen de
infraestructura y edificio para funcionar. De ese desastre
no tiene la culpa
el sistema de garantías sino las falencias de funcionarios
del Ejecutivo y
del Consejo de la Magistratura. Es gravísimo y cualquiera
que tenga memoria
podrá repasar las críticas que desde la Comisión
de Justicia de la
Legislatura hicimos en su momento a la supina ineficiencia
de aquélla
gestión judicial. Igual de grave es que ahora le
cobren esa mala gestión al
Código y se esconda la responsabilidad de los que
hicieron que éste no
funcionara.
NU: Ahora además, la ciudad tiene más competencias
al agregarse figuras
correccionales que provienen del Código Penal.
A.P. Lo cual agrava la situación, porque al incorporarse
para ser atendidas
por un solo fuero que es el Contravencional y Faltas, cuestiones
penales, se
mezclan naturalezas jurídicas distintas. Estos jueces
recién designados, sin
comodidades de trabajo, van a tener que resolver las cuestiones
aplicando
normas penales, contravencionales y del derecho administrativo
sancionador
como son las faltas, con tres procedimientos distintos y
sobre todo con
finalidades sociales bien diferentes. Así, el sistema
de garantías entra en
riesgo. Cuando coexisten elementos distintos dentro de un
mismo sistema éste
tiende a su equilibrio interno por principio de homeostasis.
Pero las
garantías en el sistema de faltas no son las mismas
que las del sistema
penal, deben mantenerse las diferencias, y estar separados,
porque la
ecualización sólo logrará perjudicar
a ambos sistemas.
N.U.: La ciudad está cada vez más desordenada
y los vecinos sumamente
disconformes con un Código de Convivencia que no
permite convivir.
AP: Ni el país ni la Ciudad son los mismos que
antes, hay nuevos conflictos
que tienen que ver con la nueva realidad social de la cual
es Código es
absolutamente ajeno, ya que no es el creador de los problemas
sino en todo
caso una herramienta legal -quizás incompleta- para
la solución de algunos
de los mismos. Pero también antes del Código
de Convivencia había
disconformidad con los edictos policiales. El eje de la
cuestión es que como
no todas las transgresiones pueden ser reprimidas, se legisla
sobre el
criterio de selección, que aún mal aplicado,
siempre es más racional que la
arbitrariedad de las pituitarias policiales que sobrevaloran
su olfato para
la sospecha. Ningún conflicto social se resuelve
mediante leyes, pero éstas
lo canalizan hacia una racionalidad previamente consensuada,
que objetiva el
reproche impidiendo el ojo por ojo. Esta seguridad de las
reglas de juego es
la seguridad de los derechos y garantías que hoy
necesita nuestra
democracia. No es posible evitar la queja de algún
sector social. La opción
de los legisladores, ante el conflicto de derechos, es decidir
cuál queja es
la que quedará insatisfecha.
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