|
Home
- Buscar - Empresas
y Negocios - Servicios
Profesionales - Moda
en palermo
Arte / Fotografía
- Consultorio
psicológico gratuito
CUIDADO
EN LAS CALLES: SALGUERO, GÜEMES, BILLINGHURST, DORREGO,
MARIO BRAVO, MEDRANO
En
la ciudad de Buenos Aires: buscan organizar el tránsito
Extienden las fotomultas a otras 50 calles
A partir de ahora, cobrarán todo exceso de velocidad
y mal estacionamiento en las avenidas y en las arterias
principales
* También se extenderá por 60 días
el período de prevención (multas que no se
cobran) en calles secundarias
* En el resto no habrá distinción entre estacionamiento
grave e indebido.
"Esto significa que cuando el registro fotográfico
detecte una violación a las indicaciones de los semáforos,
un exceso de velocidad a los límites máximos
permitidos, estacionamiento indebido grave, sobre avenidas
o en las calles que se detallan al pie, se confeccionará
la correspondiente acta de infracción", consignó
el Gobierno.
El
jefe de Gobierno de la Ciudad, Aníbal Ibarra, firmó
el viernes pasado un
decreto que avanza un escalón más en la recomposición
de las multas de
tráficos detectadas por fotografías. La medida,
que se hace efectiva este
jueves a raíz de su publicación en el Boletín
Oficial, consiste en cobrar
las multas por mal estacionamiento en 50 calles barriales
de mucho tráfico y
por violar los límites de velocidad, que hasta ahora
se emitían pero no se
facturaban.
Tras haber sido suspendido en 2002 por fallas en su funcionamiento,
el
sistema fotográfico de vigilancia de las infracciones
viales fue nuevamente
puesto en marcha el 27 de marzo de este año. Pero
esta vez, previo a la
sanción efectiva de las faltas de tránsito,
se instauró una campaña
educativa por el lapso de dos meses durante la que los infractores
recibieron las correspondientes notificaciones con la foto
de la infracción
cometida y una advertencia. El 25 de junio la campaña
fue prorrogada por el
Gobierno porteño por sesenta días más
pero, en esa oportunidad, se comenzó a
multar el cruce con luz roja y los excesos de velocidad
que superaran por
más de 20 kilómetros la máxima permitida,
tolerancia que a fines de
septiembre fue reducida a la mitad.
El límite de velocidad permitido en calles es de
40 kilómetros por hora. En
avenidas el máximo es 60 kilómetros por hora,
salvo en los tramos en los que
éstas se convierten en auxiliares de autopistas,
cuyo límite ahí sube diez
kilómetros más. Se considera una falta leve
cuando el exceso es inferior al
20 por ciento de lo permitido y grave cuando lo supera.
En el primer caso,
la multa, si es pagada en forma voluntaria, puede ser de
un mínimo de 42
pesos. En cambio, la falta grave tiene una multa mínima
de 200 pesos.
"Al Gobierno no le interesa cazar gente sino que la
gente se maneje con
límites seguros", señaló la directora
de Educación y Seguridad Vial del
Gobierno de la Ciudad de Buenos, Leticia Piris, en el programa
"Desayuno
Continental", que se emite por Radio Continental.
"Hemos descendido en mucho las multas que realizamos-indicó
la funcionaria-,
pero, también sabemos, por un estudio que estamos
haciendo sobre las
principales vías de acceso a la ciudad o de desarrollo
de velocidad, que los
excesos que se cometen son mucho menores que anteriormente.
De alguna manera
esto se puede corroborar porque en la Ciudad de Buenos Aires
estamos
teniendo desde que empezamos a implementar el sistema a
la fecha un descenso
progresivo de la mortalidad en accidentes automovilísticos".
El gobierno porteño decidió que a partir del
momento en que la nueva normativa se publique en el Boletín
Oficial, comenzará a cobrar todas las infracciones
por exceso de velocidad en la ciudad (hasta ahora cobraba
sólo las que excedían en más de 10
km/h el límite permitido) y todas las infracciones
por mal estacionamiento en las avenidas y en 50 calles principales
que se agregarán a la lista ya existente.
Sólo mantendrá como multas preventivas las
que correspondan al estacionamiento indebido (leve) en calles
secundarias.
¿Qué cambia, entonces?
Se incorpora a las sanciones efectivas el mal estacionamiento
en calles principales y se eliminan las excepciones en el
exceso de velocidad.
¿Cuál es la diferencia entre estacionamiento
grave y estacionamiento indebido?
El estacionamiento indebido implica una falta leve. Por
ejemplo: estacionar sobre la mano izquierda en una calle
de sentido único.
Esto, con la nueva disposición, se sancionará
efectivamente en las avenidas y en las calles principales,
pero se mantendrá como preventivo en las calles secundarias.
El estacionamiento grave (en ochavas, salidas de emergencia,
paradas de transporte público y bajadas para ser
utilizadas por personas con discapacidad) ya se sanciona
en toda la ciudad.
En definitiva, ¿cuáles son las multas que
se cobrarán y cuáles las que serán
preventivas desde que el decreto que el último viernes
firmó el jefe de Gobierno, Aníbal Ibarra,
se publique en el Boletín Oficial, lo que ocurrirá
entre hoy y pasado mañana?
Se cobrarán el estacionamiento grave en las avenidas,
el estacionamiento indebido en avenidas y calles principales
y cualquier exceso de velocidad en toda la ciudad.
En tanto, será preventivo el estacionamiento indebido
en calles secundarias.
¿Por cuánto tiempo se prorrogarán
las multas preventivas?
Esto, que surgió como un reclamo de la Defensoría
de la Ciudad al jefe del gobierno local, se prorrogará
por 60 días desde que se publique en el Boletín
Oficial, pero sólo en las arterias secundarias. En
el resto no habrá prórroga.
¿Cuál es la infracción más
reiterada en la ciudad?
"La de mal estacionamiento", aseguró Leticia
Piris, directora general de Seguridad Vial de la Ciudad
de Buenos Aires.
Piris aclaró que, de todas maneras, el registro estadístico
resulta un tanto difuso, porque la cantidad de infracciones
cambia de acuerdo con la efectivización de las sanciones.
Como hasta septiembre las multas por mal estacionamiento
sólo eran preventivas, y se estima que en estos casos
los conductores se relajan y se preocupan menos por respetar
las normas de tránsito, no está del todo claro
qué cantidad de infracciones se cometen por este
tema.
¿Cómo sabe el infractor si tiene que pagar
la multa o si es una advertencia?
"Porque está claramente expresado en el acta.
En las preventivas, dice bien grande: "Advertencia",
y "Esto no es una multa, es una advertencia".
En las efectivas, en cambio, dice: "Acta de infracción".
No hay equivocación posible", sostuvo Piris.
¿Por qué se hacen diferencias entre las
multas fotográficas y las que labran los agentes
de tránsito?
"Por el nivel de confiabilidad. No hay subjetividad
posible ante una fotografía y sí ante un acta
labrada a mano", explicó la directora general
de Seguridad Vial.
¿Cómo y dónde se pagan las multas?
Hay varias opciones: el centro de atención está
situado en Carlos Pellegrini 291 1er. piso.
También se pueden pagar en los Pago Fácil,
en los bancos adheridos al sistema (el Ciudad, por ejemplo)
y en los Centros de Gestión y Participación
(CGP) que cuentan con el servicio de Rentas (cobran impuestos
y multas).
Ante cualquier duda, los centros de cobro figuran en el
dorso de las multas.
|
|